6. Epistemologías críticas feministas

Subrogación del embarazo y autonomía: sobre la importancia de una mirada contextual

  • Mariana Cristina (FLACSO-Argentina. UBA. CONICET).
Resumen

Definición del tema
La subrogación del embarazo se ha convertido en una temática conflictiva en el campo de la ética feminista y de la bioética. Las razones y los criterios esgrimidos en favor y en contra son variados y dependen, en gran medida, de dónde se haga foco. No todos los argumentos de cada una de las posturas se fundan en los mismos supuestos (Cristina, 2023). Me interesa, en este caso, focalizarme en la importancia de revisar críticamente el concepto de autonomía, central para pensar las condiciones en las que se desarrolla esta práctica, fundamentalmente en contextos como el de Argentina. En este sentido, sostengo que es central distinguir del abordaje clásico liberal, la propuesta de autoras feministas: la autonomía relacional. Existen distintos enfoques, no obstante, en todos los casos se enfatiza la importancia de atender al contexto en el que las personas tomamos nuestras decisiones.
Problema
El tratamiento moderno de elección libre y autónoma se centra en un sujeto individual, racional (que deje de lado su afectividad) y que se autodetermina. En este sentido, la autonomía personal implica una visión del ser humano desligado de sus relaciones sociales, de su contexto histórico y libre de interferencias ajenas. Esta comprensión es la que hemos heredado de Kant y Mill, entre otros. En bioética, el principio de respeto por la autonomía se funda en el reconocimiento de que cada persona es dueña de sus acciones y elecciones y, por ende, efectúa actos intencionales, basados en el conocimiento y sin influencias externas (Beauchamp & Childress, 2009).
Esta visión tradicional ser torna ficcional. De tan teórica y racional pierde de vista aspectos muy relevantes para analizar la realidad concreta de la subrogación. No obstante, es la que subyace en los argumentos de quienes defienden la subrogación del embarazo, sea de forma comercial o altruista con compensación, ya que comprenden toda objeción como un límite o restricción “paternalista” (Cristina, 2023). También aquellas que avalarían la subrogación incluso por “conveniencia” de quien sin ningún impedimento para gestar contrate a alguien porque no quiere atravesar una gestación y afectar su vida profesional justificándose en su “autonomía reproductiva” (Robertson 2016). La defensa también proviene del feminismo liberal que encuentra en las técnicas reproductivas y en la subrogación modos de emancipación reconociendo aspectos liberadores que interpelan la cultura patriarcal como el embarazo fuera del matrimonio y el consecuente ingreso a la economía de mercado o la ruptura del lazo entre “maternidad biológica” y “social” (Shalev, 1989). Además, en la autonomía que brinda poder escapar del reducido ciclo biológico de las personas con capacidad de gestar.
Sin embargo hay otros modos de conceptualizar. Las teorías feministas o relacionales de la autonomía intentan responder a la pregunta sobre cómo la opresión internalizada y las condiciones sociales pueden socavar o erosionar la autonomía de las personas (Stoljar, 2018); en cómo pueden ofrecer o limitar y, de algún modo, determinar, las elecciones (Sherwin y Carolyn MacLeod: 2000). Para algunas de estas posiciones no sería posible asumir que una persona actúa de modo autónomo si sus opciones son acotadas y/o sus preferencias son adaptativas.
Estos abordajes señalan, por un lado, lo incorrecto de considerar solamente la capacidad de una persona de elegir cómo actuar en un momento específico. Y, por otro, el deber de revisar las estructuras políticas y sociales que impactan en la vida y en las oportunidades.
Metodología
He trabajado en la importancia de un abordaje ético de la subrogación del embarazo en mi tesis de maestría en Bioética (FLACSO-Argentina) y actualmente la estoy profundizando para mi tesis doctoral en Filosofía (UBA-CONICET). Dadas las características del tema, la metodología utilizada es, por un lado, la usual en la práctica filosófica e involucra la lectura, el cotejo y el análisis de la bibliografía, argumentos, etc. Por otro, la revisión de proyectos de ley (en Argentina), artículos en medios de comunicación, entrevistas a personas involucradas en la práctica, etc.
Hipótesis
Presento a continuación dos hipótesis que están estrechamente vinculadas:
1- Existe una asimetría inherente entre las partes intervinientes (personas contratantes, personas gestantes, clínicas de fertilidad, etc.) en la subrogación del embarazo.

2- La revisión crítica del concepto de autonomía a través de la propuesta feminista de la autonomía relacional permite un conocimiento situado (desde la teoría y desde la praxis) de la subrogación del embarazo.

Principales resultados de la investigación
Existen diferencias entre las filósofas feministas respecto de la importancia otorgada a la influencia del contexto social y su aprehensión al momento de calificar (o no) las elecciones y/o acciones como autónomas. Autoras pioneras y que se podrían incluir dentro de la categoría (arbitraria) de “feminismo hegemónico” identifican pre-condiciones. Por ejemplo, Natalie Stoljar (2000) ha propuesto una teoría sustantiva que señala a la autoconfianza, el autovalor y la autoestima como requisitos para sentirse subjetivamente capaz. Catriona Mackenzie (2000) sostiene que ejercer la imaginación de “una misma como siendo otra” permitiría evidenciar las propias condiciones y, tentativamente, la opresión. Carolyn McLeod y Susan Sherwin (2000) señalan que reflexionar sobre creencias, valores y deseos propios; luego volver razonables las elecciones producto de estos; y, por último, actuar en consecuencia confiando en los juicios propios, constituyen elementos necesarios para una real autonomía.
Sostengo que esas pre condiciones quedan a medio camino. En Argentina, como otros países del sur global, se alquilan embarazos de modo cada vez más creciente. Las condiciones sociales configuran un espacio propicio para los bajos costos y pese a que no hay una legislación concreta, existen resguardos legales . Por ello, considero que hay ciertas coordenadas en los “feminismos no hegemónicos” que invitan a pensar con mayor sutileza los escenarios en los que se constituye y (potencialmente) ejerce la autonomía. Inicialmente debe subrayarse el carácter doblemente subalterno de las mujeres en países que han sufrido el colonialismo, de algún modo, somos también, como sostienen Karina Bidaseca y Vanesa Vázquez Laba (2020) las “Otras” del feminismo hegemónico. Contemplar, por ejemplo, nuestras desigualdades estructurales evidencia que los cuerpos de las mujeres son territorios de disputa como señaló Yuderkys Espinosa Miñoso (2014) utilizados para que otros/as puedan realizarse (Bentohuami-Molino, 2016). Porque la facticidad de los condicionamientos no sólo materiales sino simbólicos ejercen presión y otorgan un “marco de referencia” (Álvarez, 2015) dentro del cual tácitamente lo social establece lo posible, lo esperable, lo asignado, para cada persona (Maffía y Gómez, 2019). Cobra cada vez más peso la asimetría que existe entre quien/es pretenden ser madres/padres subrogando un embarazo y las personas que lo llevan adelante.



Bibliografía citada

- Álvarez, S. (2015). “La autonomía personal y la autonomía relacional” en Anal. Filos. (online), Universidad Autónoma de Madrid. Facultad de Derecho. Vol. 35, N° 1, 2015, pp. 13-26.
- Beauchamp TL, Childress JF. (2009). Principles of Biomedical Ethics. 6ª ed. New York: Orxford University Press.
- Bentouhami-Molino, H. (2016). Raza, cultura, identidades. Un enfoque feminista y poscolonial. Buenos Aires: Prometeo libros.
- Bidaseca, K. y Vazquez Laba, V. (Comps.) (2011). Feminismos y Poscolonialidad. Descolonizando el Feminismo desde y el América Latina. Buenos Aires: Ediciones Godot.
- Cristina, M. (2023). “Algunos argumentos feministas para objetar la relación de alquiler del embarazo”. Análisis filosófico, 43: 179-206. Disponible en: https://doi.org/10.36446/af.2023.463.
- Espinosa Miñoso, Y. (2014). “Una crítica decolonial a la epistemología feminista crítica”. En: El Cotidiano. Nro. 184, marzo-abril, pp. 7-12. México: Universidad Autónoma Metropolitana Unidad Azcapotzalco. Disponible en: https://www.redalyc.org/articulo.oa?id=32530724004.
- Mackenzie, C. (2000). “Imagining Oneself Otherwise”. En: Mackenzie, C.; Stoljar, N. (Eds.) (2000).
- Maffia, Diana y Gómez, Patricia (2019). Apuntes feministas acerca de la gestación subrogada. Derecho de familia. Revista Interdisciplinaria de Doctrina y Jurisprudencia Nº 89, mayo. Buenos Aires. Abeledo Perrot; pp. 167 - 174
- McLeod, C. & Sherwin, S. (2000). Relational autonomy, self-trust, and health care for patients who are oppressed. En C. MacKenzie & N. Stoljar (Eds.), Relational autonomy: Feminist perspectives on autonomy, agency and the social self. Philosophy Publications. https://ir.lib.uwo.ca/philosophypub/345/.
- Robertson, J. (2016). Other women’s wombs: Uterus transplants and gestational surrogacy. Journal of Law and the Biosciences, 3(1), 68-86. https://doi.org/10.1093/jlb/lsw011.
- Shalev, C. (1989). Birth power: The case for surrogacy. Yale University Press.
- Stoljar, N. (2000). “Autonomy and the feminist intuition”. En: Mackenzie, C.; Stoljar, N. (Eds.) (2000).
- Stoljar, N. (2018). Feminist perspectives on autonomy. En E. N. Zalta (Ed.), The Stanford Encyclopedia of Philosophy (Winter 2018 Ed.).
- https://plato.stanford.edu/archives/win2018/entries/feminismautonomy/.